miércoles, 21 de marzo de 2012

JAVIER ALVARADO ASISTIÓ A SESIÓN DE LA COMISIÓN AGRARIA DEL CONGRESO EN DEFENSA DE LAS PAMPAS DE CONCÓN DEL VALLE TOPARÁ - CAÑETE.



• En coordinación con los Parlamentarios electos por Lima Provincias y autoridades locales.

• Cuestionada Ley fue publicada el pasado 27 de julio del 2011, al término del periodo de Gobierno

El presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle, comprometido en defender los intereses de las nueve provincias asistió a la Sesión de la Comisión Agraria del Congreso de la República donde se abordó la modificatoria de la Ley N° 29777, Ley que declara de necesidad pública y de interés nacional diversos proyectos de irrigación en los departamentos de Huancavelica, Ica y Amazonas.

Esta Norma -publicada el pasado 27 de julio del 2011- ha sido cuestionada, dado que en su artículo primero señala erróneamente que las Pampas de Concón -Topará se encontrarían en el territorio de Ica y además pretendería desviar las aguas del río Cañete, perjudicando a nuestros agricultores.

Por ello, el presidente Javier Alvarado viene trabajando coordinadamente con los Congresistas de la región Lima para que desarrollen acciones que permitan neutralizar dicha Ley.

Esta Sesión tuvo una duración de 4 horas donde los Parlamentarios debatieron una posible Modificación o Derogatoria de la referida Ley, puesto que para su promulgación no se solicitó la opinión de las instituciones involucradas (Gobierno Regional de Lima, Municipalidad Provincial de Cañete, Junta de Usuarios del río Cañete, entre otros).

Tampoco contó con los estudios e informes técnicos de diferentes instituciones competentes (Autoridad Nacional del Agua -ANA, Ministerio de Agricultura –MINAG, Ministerio de Economía y Finanzas -MEF, Consejo de Cuenca, entre otros) que garanticen su sostenibilidad y desarrollo.

“Las pampas de Concón del Valle de Topará están ubicadas y se encuentran inscritas en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete, ámbito jurisdiccional de la región Lima. Nosotros estaremos vigilantes hasta enmendar el error de dicha Norma”, sostuvo el presidente regional Javier Alvarado, al término de la reunión.

Cabe mencionar que en esta Sesión también asistió la alcaldesa provincial de Cañete, Lic. María Montoya Conde; el burgomaestre de Nuevo Ayacucho, Joaquín Ayala; entre otros dirigentes y personalidades.

PD: La Comisión Agraria acordó acumular los Proyectos de Ley 87 (de Melgar, que busca modificar la ley agregando región Lima e Ica en vez de región Ica), 250 (de los huancavelicanos) y 831(de Zerillo, que busca derogar lo señalado en la ley 29777) /2011-CR con los Proyectos de Ley Nº 37, 39, 143, 419 y 889/2011-CR y dictaminarlos conjuntamente.

Jefe del Estado inaugura mañana obras de mejoramiento de irrigación en Huarochirí


Lima, mar. 21 (ANDINA).

El presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, inaugurará este jueves las obras de mejoramiento del canal de riego de Saulla, en la provincia de Huarochirí, en el marco del “Día Internacional del Agua”.

La ceremonia se llevará a cabo a las 12:00 horas en el campo deportivo de la localidad de San Mateo de Otao, donde el mandatario será recibido por cinco agricultores, quienes lo conducirán hacia la bocatoma del canal de riego para abrir juntos una compuerta que permitirá el paso del agua a los cultivos.

Luego, el jefe del Estado saludará a los pobladores de San Mateo y encabezará una ceremonia por el “Día Internacional del Agua”.

Posteriormente, participará en una campaña de acción social, que se desarrollará en el campo deportivo de San Mateo.

La comitiva que acompañará al presidente Ollanta Humala estará conformada por los ministros Luis Ginocchio (Agricultura) y René Cornejo (Vivienda), así como el presidente de la región Lima, Javier Alvarado.

También, la coordinadora residente del sistema de Naciones Unidas y representante residente del PNUD en el Perú, Rebeca Arias; la alcaldesa provincial de Huarochirí, Rosa Vásquez; y el alcalde distrital de San Mateo, Gilmer Gonzales

Debate sobre Huacho Sede Regional, pasa al Pleno del Congreso

Anoche se aprobó en el consejo directivo del Congreso los dictámenes que serán discutidos en el Pleno del Congreso a realizarse el día de mañana Jueves. Dentro de estos dictámenes se encuentra el dictamen del proyecto de ley Nº 516/2011-CR en el cual se señala que Huacho es la Sede del Gobierno Regional de Lima.

Pese a todos los cuestionamientos que se han realizado a nivel local, no se ha hecho nada a nivel del Congreso respecto este tema; la Municipalidad Provincial envió una respuesta tardía al requerimiento hecho por la Comisión de Descentralización que le pedía su opinión técnica legal sobre el Proyecto de Melgar, pues a la MPC le enviaron el oficio 147-2011/2013-CDRGLMGE/CR el 02 de Enero, se dictaminó el Proyecto en la Comisión de Descentralización el 10 de Enero; pero recién el 30 de Enero sesionó el Consejo Provincial de Cañete acordándose rechazar el mencionado proyecto de ley de Melgar y seguramente en Febrero se debe haber oficiado la respuesta del MPC al Congreso. Al Gobierno Regional de Lima también se le hizo el mismo requerimiento; pero de este no se sabe nada si respondió o no, lo concreto es que el dictamen aprobado dice que no emitió ninguna opinión.

Sí debemos precisar que en la opinión del Acuerdo de Consejo Nº 008-2012-MPC se hace una importante observación al poner en debate la aplicación del numeral 2 del art. 139 de la Constitución Política del Estado, referente a “la independencia que tienen los órganos jurisdiccionales en el ejercicio de la función jurisdiccional”, en que “ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni intervenir en el ejercicio de sus funciones”, y que “a nivel congresal su actuación – cualquiera que fuera esta- no deberá de interferir en el procedimiento jurisdiccional”, señala el acuerdo de la MPC.

Acá hay que tener en cuenta varias cuestiones:

1º La Separación de poderes como una garantía para los derechos constitucionales y el límite a la arbitrariedad, el Tribunal Constitucional señala en el Exp. N.° 0023-2003/AI: “La existencia de este sistema de equilibrio y de distribución de poderes, con todos los matices y correcciones que impone la sociedad actual, sigue constituyendo, en su idea central, una exigencia ineludible en todo Estado Democrático y Social de Derecho. La separación de estas tres funciones básicas del Estado, limitándose de modo recíproco, sin entorpecerse innecesariamente, constituye una garantía para los derechos constitucionalmente reconocidos e, idénticamente, para limitar el poder frente al absolutismo y la dictadura.”

2º Pero esta separación de poderes no es absoluta, pues existe el principio de colaboración de poderes. Podemos encontrar una colaboración de poderes cuando el artículo 104° de la Constitución establece que el Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre materia específica y por el plazo determinado establecidos en la ley autoritativa.

3º la independencia del poder judicial, señalada esta como la “capacidad autodeterminativa para proceder a la declaración del derecho, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, dentro de los marcos que fijan la Constitución y la Ley”, asimismo el TC refiere que la independencia de la función jurisdiccional tiene dos dimensiones, externa e interna:

“a) Independencia externa, la autoridad judicial, en el desarrollo de la función jurisdiccional, no puede sujetarse a ningún interés que provenga de fuera de la organización judicial en conjunto, ni admitir presiones para resolver un caso en un determinado sentido. Las decisiones de la autoridad judicial,… no pueden depender de la voluntad de otros poderes públicos (Poder Ejecutivo o Poder Legislativo, por ejemplo), partidos políticos, medios de comunicación o particulares en general, sino tan solo de la Constitución y de la ley que sea acorde con ésta.

b) Independencia interna, la autoridad judicial no puede sujetarse a la voluntad de otros órganos judiciales, así como tampoco sujetarse a los intereses de órganos administrativos de gobierno que existan dentro de la organización judicial”

Teniendo en cuenta lo anterior, con la actuación del Congreso al aprobar el dictamen en mayoría sobre la sede regional ¿se está violando la independencia del poder judicial? En puridad no, porque lo que está haciendo el Congreso es legislar sobre un asunto de relevancia nacional al modificar una ley orgánica. No se está cuestionando el numeral 2 del artículo 139 de la Constitución, porque esta se refiere a la facultad de investigación y no a la facultad de legislar del Congreso.

Lo que se discute en el Congreso es precisamente la ratio legis del art. 32 de la Ley de Bases de Descentralización, de su parte pertinente, pese aún que el dictamen no hace mención ni fundamenta porque Huacho es la sede, sino que la impone a rajatabla. Por esta actuación observamos que si hay una presión indirecta sobre la discrecionalidad que ostenta el juez al aplicar la ley, pues es lógico pensar que el raciocinio que podrían tener los jueces sea: “para qué meterme en problemas si ya el Congreso lo va a resolver”.

Situación diferente es o son las opiniones de los congresistas, de los medios de comunicación, de autoridades, como parte de la libertad de expresión dentro de un estado democrático y social de derecho; y estas opiniones, no deberían hacer mella en la independencia del poder judicial.

Mañana estará en Agenda del Pleno del Congreso el Proyecto de Ley 516/2011-CR de Melgar, que no significa que necesariamente sea debatido mañana pero sí en cualquier momento (por ejemplo el proyecto de Derogación del CAS estuvo como 4 meses en Agenda sin tocarse). Hay que tener en cuenta que para aprobarse este Proyecto de Ley, por tratarse de la modificación de una ley Orgánica, según el artículo 106 de la Constitución Política y el inciso b) del artículo 81 del Reglamento del Congreso, su aprobación requiere del voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número legal de congresistas, es decir se requiere los votos de 66 congresistas.