domingo, 13 de noviembre de 2011

DESNUDANDO LAS FALSEDADES Y CONTRADICCIONES DEL PROYECTO DE LEY DE "ELARD MELGAR"


El 10 de Noviembre último, se presentó en el Congreso de la República un nuevo Proyecto de Ley que busca establecer a Huacho como Sede del Gobierno Regional de Lima. Dicho Proyecto fue signado con el número 00516/2011-CR; iniciativa del congresista fujimorista Elard Melgar y presentado por su portavoz titular Rolando Reátegui Flores.

Anteriormente, a través del congresista Álvaro Gutierrez, Nelson Chui presentó una similar iniciativa (Proyecto de Ley Nº 3011/2008-CR) que fue acumulada a la iniciativa legislativa del Concejo Provincial de Cañete (Proyecto de Ley Nº 3657/2009). En ese Congreso, la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la gestión del Estado emitió un dictamen acumulativo en el que ambiguamente decía que la Sede Regional debe ser establecida por el Consejo Regional, situación que generó rechazo incluso de los propios allegados a Nelson Chui.

Esta vez, a raíz de la inconstitucional sentencia del Tribunal Constitucional (Exp. 04117-2010-PA/TC), nuevamente el norte de Lima recurre a instancias legislativas para resolver el conflicto y definir que Huacho es la Sede Regional del Gobierno Regional de Lima, toda vez que no pudieron ratificarlo a través de fueros jurisdiccionales.

La iniciativa legislativa, evidentemente no elaborada por el ex – policía forestal, busca “tapar” todos los vacíos que se pudieran encontrar. En su exposición de motivos analiza desde el sentido que buscó el legislador, el censo de población del 2007, los procesos constitucionales, áreas de influencia, hasta llegar a Caral y la conexión a la interoceánica del Centro.

Más el afán de no querer aplicar el art. 32 de la Ley de Bases de la Descentralización, les hace caer en contradicciones y mentiras soterradas, en lugar de buscar la integración de ambas zonas geográficas en conflicto. Analicemos punto por punto.

PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN

El proceso de descentralización iniciado el 2003, no es un proceso acabado, prueba de esto es el Referéndum: Para la Integración y Conformación de Regiones 2005, en el que se buscó integrar la región conformada por ANCASH-HUÁNUCO-JUNÍN-LIMA PROVINCIAS-PASCO, siendo el resultado: por el SI: 283,716; por el NO: 1 499,596 ; este proceso de consulta resultó un rotundo fracaso. En Agosto de este año el Primer Ministro Salomon Lerner ha señalado que un objetivo del gobierno es la creación de las Macro regiones, en nuestro caso se busca establecer la Macro región: LIMA, PASCO, JUNIN, HUANUCO Y UCAYALI.

El legislador observó esta perspectiva para la Región Lima provincias, pues en caso contrario nada le costó establecer de inmediato que Huacho sea la sede por su rol histórico en el país (como hoy se pretende); pero el legislador no lo quizo así. Pues, pese a los diversos planteamientos en ese momento de exigir que Huacho sea la sede, el legislador prefirió: “la provincia con mayor población”, incluyéndola dentro de una norma ordinaria (que sigue vigente) y no en una norma temporal ubicada en alguna disposición transitoria o complementaria.

Por lo anterior, no tiene sustento que el legislador haya tomado en cuenta (además del criterio poblacional) la propuesta de diferentes entes para decir que Huacho sea la sede. Más aún podemos decir que es contradictorio con lo que el mismo proyecto de ley señala: que hay imprecisión de la norma, que genera interpretaciones dispares; cabiendo hacernos las siguientes preguntas ¿el legislador no se dio cuenta de esto?, ¿No se dijo que el legislador tuvo claro que Huacho sea la sede?, entonces ¿por qué dio una norma “imprecisa”?.

CENSO POBLACIONAL 2007

En el Proyecto de Ley se invoca el resultado del Censo Nacional de Población y Vivienda 2007, señalándose que la migración de los departamento de Ayacucho, Huancavelica y Junín hacia las Pampas de Con Con - Topará “determinó la diferencia de 3,278 habitantes”; se señala además que “en lo sucesivo podría ser cualquiera de las provincias” la que tenga mayor población. ¡¡ FALSO !!

Un problema de muchos políticos es pensar que los eventos sociales son estáticos y esto no es así. Si en el 2003 Huaura tuvo mayor población, podemos decir con la fuerza de la razón, de la historia y de la estadística que nunca más lo va a volver a ser. Cañete fue (en el 2007), lo es hoy (en el 2011) y lo será mañana: la provincia de la región Lima con mayor población. Y LO DECIMOS CON FUERZA: ESTO NUNCA VA A CAMBIAR, CAÑETE FUE, ES Y SERÁ LA PROVINCIA DE MAYOR POBLACIÓN. Como sustento de nuestras afirmaciones observemos el siguiente cuadro:


PROVINCIA      1993         2007          2011          2012         2015

CAÑETE           152378      200662     219564       222877      233151
HUAURA          163174      197384     211276       213188      219059
HUARAL           126025      164660     179797       182409      190501

Fuente: http://www.inei.gob.pe/biblioineipub/bancopub/Est/Lib0842/index.htm


PROYECTOS DE LEY

En este proceso hay tres Proyectos de Ley, de Gutierrez-Chui, del Concejo Provincial de Cañete y de los Fujimoristas. Señala “Melgar” que el Congreso anterior denegó el pedido del Municipio cañetano planteando un dictamen en el que se establecía que sea el Concejo Regional quien señale cual es el lugar de la sede. Esta apreciación es sesgada, pues no solamente denegó el pedido de Cañete, sino que también denegó el pedido de Gutierrez quien pedía que se diga expresamente que Huacho es la Sede. En buena cuenta el Proyecto de “Melgar” ya fue visto en el Congreso e incluso el Proyecto de Chui tenía una mayor precisión al señalar a Cañete como una sub sede (en el mismo proyecto de norma), lo que no sucede con el actual proyecto. Claro es que estamos ente un nuevo Congreso, con cuatro congresistas del norte; pero nosotros, los del sur, también tenemos a los nuestros en Lima Metropolitana.

PROCESOS CONSTITUCIONALES

El Proyecto de Ley hace un recuento de los procesos de cumplimiento y amparo pero confunde y tergiversa lo señalado arbitrariamente por el Tribunal Constitucional. El TC señala que el problema es que no se cumple con el literal c de los requisitos establecidos en el precedente vinculante de la STC 168-2005-PC/TC es decir que hay interpretaciones dispares de la norma; sin embargo, “Melgar” en su Proyecto dice que “el art. 32 no cumplía con dichos requisitos especialmente con aquel que ordena que sea una norma de aplicación directa, es decir, que no se requiere una condición previa para la aplicación”, aquí se tergiversa, pues el asunto de condición previa está ligada a lo que se señala en el literal e) del mencionado precedente donde dice que la norma sea incondicional y excepcionalmente puede ser condicional siempre y cuando su satisfacción no sea compleja; y de esto, ni siquiera lo mencionó el TC en su sentencia.

Aquí corresponde sentar posición que el TC debió resolver el problema, pues él mismo se señala en su web site que es “El Intérprete Supremo del Orden Jurídico”, sin embargo en el caso actuó como un “soldado espartano”, ordenando sin argumentar, peor aún no decir nada, no confrontar una clara fundamentación respeto a que no hay interpretación dispar. Nuestra posición en esto es que la Juez declare inconstitucional la sentencia por ser arbitraria.

El TC tuvo una oportunidad pertinente para resolver el conflicto y acabar con el encono de dos zonas geográficas que cada vez se acrecienta y hace que esto sea prolongado toda vez que dentro de algunos años el caso va a volver al mismo TC. Al parecer últimamente los magistrados constitucionales han asumido la crítica de tener un activismo “perverso” y se han ido al otro extremo de no resolver conflictos jurídicos, hace días emitió sentencia del conflicto entre la región Cuzco y la región Arequipa, por el Caso Majes – Sihuas, y tampoco resolvió el problema de fondo.

RESPECTO AL ASUNTO HISTÓRICO

Se trae a colación la civilización de Caral, un asunto cultural que está fuera de toda duda; pero que no es el pertinente para demostrar que tal ciudad debe ser la Sede del Gobierno Regional. Peor aún que se mencione ridículamente la conexión a la interoceánica del Centro, haciéndose ventear un tufo discriminador. Podemos aceptar que en Huaura se concretiza el grito de Independencia; pero acá tenemos el Castillo Unanue, centro de la conspiración patriótica de nuestros próceres de la Independencia.

A MODO DE REFLEXIÓN

Lo que no podemos soslayar es que a lo largo de la historia nuestra la zona norte del país como la zona sur han estado en constantes conflictos políticos, económicos y sociales, baste recordar lo que pasó con la Confederación Peruana Boliviana , donde hubo un Estado Nor Peruano y un Estado Sur Peruano; económicamente el norte siempre adoptó una política económica liberal y en cambio el sur por el proteccionismo. Podemos citar muchos ejemplos y todos ellos nos demostraran que ambas zonas tienen sus particularidades y que incluso algunas son antagónicas.

Concluimos que en tanto los actores políticos nacionales no estructuren una nación fuerte, con políticas de desarrollo nacional y no de grupos, estos conflictos van a continuar

Proyecto de Ley de Melgar
 
Est Imac Ion Poblacional Inei Al 2015